David lamento decirlo pero ese "as en la manga" es más bien lo contrario. Pagar el alquiler sin recibo es una arriesgada temeridad, si ahora la casera le raclama esos alquileres de los que no tiene justificante ¿Cómo va a demostrar el pago?, por otra parte si ese contrato data de 2008 quiere decir que este año cumplen el máximo de prórroga obligatoria para el casero, a partir de cuyo momento la casera podrá dar por terminado ese contrato, sin necesidad de invocar otra cosa que la finalización del plazo pactado.
El hecho de que su casera incumpla sus obligaciones fiscales en nada afecta a lo anteriormente expuesto, solo cabe decir que es también una temeridad por parte de su casera, ya que bastará con que vd haya declarado como domicilio fiscal alquilado esa vivienda para que la AEAT tenga conocimiento de ese alquiler, con el agravante de que su casere, en ese caso, no podrá acogerse al 60% de reducción fiscal.
En cuanto al tema de las mascotas, ampliando la respuesta de Piscis le sugiero la lectura de este artículo
MASCOTAS Y ANIMALES DOMESTICOS
Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/