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Hace dos años que vivimos de alquiler en un ático, dicho ático consta de una terraza en la que el arrendador dejo unas plantas y algú arbolito. Debido a unas fuertes heladas, dichas plantas se murierón... Puede el arrendador ahora que nos marchamos reclamarnos dichas plantas??.
Art 2.2 LAU: Las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicarán también al mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la finca por el mismo arrendador.
Creo que los vegetales no están incluidos, salvo que figuren expresamente en el contrato, en un inventario, y tengan obligación de devolver el ático como lo encontraron.
Sin perjuicio de lo dicho por Amparo, tambien puede leer este enlace
La respuesta está en su contrato de arrendamiento.
saludos - Papeleos Alquiler.