Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Me quedan 4 años de contrato y debería pagar 4 meses de indemnización por rescindir el contrato. Entiendo que el arrendador (empresa constructora) no tenía capacidad, por su morosidad que siempre me escondió, para constituir el contrato, es así?
La agencia tributaria me puede obligar a cumplir esta cláusula de rescisión de contrato?
La capacidad para contratar no tiene nada que ver con que la empresa sea morosoa o no.
el contrato es valido, tu obligacion es pagarle a la administracion, pero tu casero sigue siendo el mismo para todo lo relacionado con el contrato, incluida la posibilidad de marcharse con la indemnizacion que este establecida.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es