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Vivo en un bloque de viviendas cerca de la costa y me ponen pegas para alquilarlo a turistas.
gracias de antemano
El alquiler turístico, como la instalación de una peluquería, un despacho o cualquier otro uso que no sea la estricta vivienda, puede ser prohibido en los estatutos de la comunidad. No olvidar que los estatutos deben ser aprobados o modificados por unanimidad, de manera que al propietario que pretende el alquiler turístico le basta con votar en contra, pero si compró el piso con la prohibición ya aprobada e inscrita en el registro de la propiedad, no podrá destinarlo a esa actividad.
¿Quién le pone pegas?
La comunidad de propietarios no puede decidir acerca del derecho de uno de sus propietarios para alquilar su vivienda. Si intenta hacerlo mediante acta de acuerdo, estos acuerdos serán de nulo derecho pues irían en contra de la ley que lo ampara.
Saludos cordiales.