Se puede, pero con mucho cuidado con los inquilinos, ya que tienen que demostrarte el caracter temporal del alojamiento: Tiene que ser estudiantes (erasmus por ejemplo), trabajadores desplazados por una temporada (igualmente a demostrar), personas en espera de recibir una vivienda nueva (cuidado con las promotoras que se retrasan). Hay pocos casos que realmente cuadran con el tipo de inquilino que buscas pero con suerte se puede encontrar.
Si el piso es la vivienda permanente del arrendatario, la ley lo protege como un arrendamiento de vivienda, diga lo que diga el contrato, con prórrogas obligatorias para el arrendador y optativas para el arrendatario hasta un mínimo de cinco años. El límite es la mala fe que se pueda probar, como ocurriría por ejemplo si un arrendador solo alquila por temporada y un arrendatario acepta y miente, diciendo que tiene su vivienda permanente en otra ciudad.
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