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Vicente

inquilino/a

Alquiler de local
Buenos días mi consulta era la siguiente. Nosotros alquiilamos un local para abrir un negocio. Lo reformamos , pintamos y pusimos panela dos de cristales para los despachos. Cosa que nos costó un dineral. El dueño nos ha hecho mil gamberradas .ahora nos ha tocado cerrar el negocio ya que no da frutos y mi socio me ha dejado tirado. Quiero llevarme todos los muebles y tb los cristales. Pero el dueño me dice que si me llevo los cristales le tengo que poner la pared que le quite. Eso es así? ? Tengo esa obligación? ? Espero su respuesta gracias.
  • Preguntado por: Vicente
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Los muebles es una cosa y los cristales si "sustituyeron" a paredes... es otra... Si hay un documento en el que el arrendador te autorizaba, hay que atenerse al contenido de ese documento. Si no, hay que mirar la ley, que dice así:
    Ley de Arrendamientos Urbanos - España Artículo 23. Obras del arrendatario.   ..... 2. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna. ..... Saludos - Papeleos Alquiler.
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