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lucia

profesional

alquiler de local

tengo un local y lo he alquilado por un contrato de 5 año y tengo los dos primero años obligatorio y mi pregunta es... se puede ir sin pagarme esos dos años ?

  • Preguntado por: lucia
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    lucia pienso que las dos respuestas que ha recibido aciertan enfocando su problema desde dos distintos puntos de vista.
    Como se trata de hechos consumados yo estoy mas bien del lado de Piscis, la posibilidad de obligar a su arrendatario a cumplir el plazo pactado estriba en su solvencia, ya que si se ve obligado a no cumplirlo porque las cosas no le han rodado bien, perdiendo la inversión que ha tenido que hacer, no parece acertado meterse en pleitos para obtener una indemnización.
    Aunque sea para la próxima vez le recomiendo la lectura del DECALOGO DEL CASERO
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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Piscis, la regulación de las indemnizaciones por desistimiento anticipado en los arrendamientos de local es un mundo "oscuro y tenebroso" como consecuencia de la jurisprudencia.

    Hay sentencias que deciden aplicar directamente el 11 LAU (solo aplicable a viviendas) para moderar la pena, otros que directamente dicen que como no puede haber enriquecimiento injusto la penalidad debe cubrir únicamente hasta que el local se vuelva a alquilar, otros que aceptan íntegramente la indemnización (porque no está fijada como penalidad), etc.

    Es imprescindible ver el contrato porque la configuración legal del mismo puede hacer que un juez se decante por una u otra opción, lo cual es imprescindible conocer a la hora de negociar las consecuencias del desistimiento.

    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    El arrendatario ha de cumplir el contrato, si lo quiere rescindir anticipadamente y tu lo aceptas, podéis pactar una indemnización, todo dependerá de la solvencia de ese arrendatario, ya que si no tiene nada, te sale más a cuenta no meterse en pleitos y dejar resuelto el arrendamiento lo antes posible, con reconocimiento de deuda, para poder alquilar el local nuevamente 
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Habrá que ver cómo se ha configurado el contrato. La penalización por desistimiento tiene que estar configurada de una forma muy determinada para que los tribunales no entren a moderar la pena.

    ¿Ha acudido a un abogado especializado para que le redactara el contrato de arrendamiento?

    Un saludo,
    www.desalvador.es
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