Buenos días,
Además de las acertadas respuestas anteriores señalar:
1) Si el inmueble pertenece a una comunidad de vecinos, la Comunidad de propietarios suele tener que autorizar dicha división, salvo que esté expresamente autorizado por los estatutos.
2) Desde un punto de vista urbanístico, para dividir una casa en dos tiene: a) Que encargar el correspondiente proyecto de obra a un arquitecto. b) Que obtener la correspondiente licencia de segregación del piso, y la de obra. c) Cada piso tiene que reunir las condiciones de habitabilidad previstas en la normativa municipal aplicable. d) Cada piso tiene que obtener su Licencia de Primera Ocupación / Cédula de habitabilidad.
Mientras no haga eso, está cometiendo una infracción urbanística que puede conducir a sanción, precinto de las viviendas y exigencia de reposición a su estado anterior.
Un saludo,
www.desalvador.es