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En mi contrato existe una cláusula que estipula que si rompo dicho acuerdo antes de 3 años, pierdo la fianza depositada por valor de 1260€. Dicha fianza fué entregada por mi (inquilino) al propietario, y éste la entregó a INCASOL para el sistema del avalloguer. De palabra el propietario me dijo que no habría problemas con la fianza si me iba antes, pero ahora (después de 2 años y 4 meses) me voy del piso y no me quieren devolver la fianza.
¿Puedo reclamarla? El avalloguer es un sistema de protección para el propietario si el inquilino no paga... ¿atenta la clausula de mi contrato contra este sistema de protección?
1. - Las palabras se las lleva el viento.
2. - no puede reclamar si convino en perder la fianza si incumplía el contrato.
3. - Esa clausula es plenamente válida y eficaz.
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