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¿Alguna ley que lo dicte?
Piscis, en mi comunidad han adoptado la medida de pr0hibir que mi perro suba en el ascensor. Incluso han puesto un cartelito.
Ni decir tiene que mi perro sigue subiendo y bajando por el ascensor. Si por mi vecina fuera, que es la presidenta, me pr0hibiría hasta dormir.
Piscis, se ha suscitado la polemica, o el debate, de las licencias de apertura precisamente porque no hay mas debate. Unos estatutos de una cp no puede regular quien entre en mi casa y si lo hace para vivir o para trabajar.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
Se puede alquilar,pero no es aconsejable sin informarse previamente de la existencia de alguna disposición en contra regulada por la Comunidad de Propietarios.
Independientemente de la polémica suscitada sobre la intervención y autorización municipal, la cuestión principal es saber si hay estatutos de la Comunidad y, en su caso,si prohiben la instalación de oficinas en las viviendas del edificio,con lo cual,de ser afirmativo, tanto el propietario/arrendador como el arrendatario pueden tener problemas legales.
Soy arrendador.
En mis contratos especifico (a parte de otras cuestiones) que la vivienda es para el uso exclusivo de vivienda y que no se puede usar para otro fin sin que lleguemos a un acuerdo previo.
De esta manera entiendo que el inquilino no puede hacer lo que le de la gana.
No hay porque informar a los vecinos de lo que vayas a hacer tu con tu propiedad no hay ninguna ley que lo prohiba, lo unico que te pueden informar es si hay que hacer alguna obra que afecte a la esctructura del edificio en este caso no es que tengan que informar a los vecinos, simplemente deberas informar al ayuntamiento y si ellos te dan el ok para hacer esas obras. Si las obras solo afectan al piso en si, no tienes porque informar a los vecinos.
No hay ningun cambio posterior, si el destino del aquiler no es la vivienda, el contrato es distinto desde su origen y, entre otras cosas, esta sujeto a iva.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Normalmente se aconseja y es aconsejable comentar con el propietario los cambios que queramos establecer puesto que no hay ningún inconveniente pero es de carácter diplomático informar de estos cambios.
Ya te digo yo que, por poner un ejemplo, las oficinas que visitamos en noviembre se abrieron sin ningún tipo de permiso, al igual que un despacho, una empresa informática, un dentista,etc....
Y está claro que nuestro pensamiento no tiene nada que ver con lo que regulan las leyes. Si fuera así, la mitad de decretos leyes que han salido este año, no existirían. Mejor no te digo yo lo que pienso que DEBE pagarse a alguien que lleva 40 años trabajando en una empresa y lo que la ley dictamina.
Pedro,te creo,ya que Lepe está a siete Km. Del mar y tienen una ordenanza en la que se prohibe orinar en el mar (cómo me detéctan cuando nado, si meo o no,habrá buzos municipales para multar) ?
Javier, para que veas que cada Ayuntamiento es un mundo
Extraido de la Ordenanza de licencias, obras y actividades.
Artículo 11. Actos no sujetos a licencia o declaración responsable.
1. No será exigible licencia urbanística previa, ni declaración responsable o comunicación previa, en los siguientes supuestos:
e) El ejercicio individual llevado a cabo por una sola persona física de actividades profesionales o artísticas en despacho, consulta o lugar ubicado en el interior de una vivienda que sea su residencia habitual.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Pedro ,en el ayuntamiento de Bilbao (mejor de Europa,galardonado recientemente)Hay que solicitar licencia para todo,nada se puede hacer sin licencia y mucho menos desarrollar una actividad comercial.¿me estás diciendo que hay ayuntamientos que puedes poner una peluquería sin licencia? ¿que puedes poner un despacho de abogacía sin licencia? Pedro,pienso que se DEBE de pedir licencia,otra cosa es que haya gente osada que vaya a la "brava"
Cuando no se trata de una actividad comercial o industrial no es necesario obtener la licencia de apertura, por lo que el ayuntamiento no tiene ni potestad para requerirla ni conocimiento de la apertura.
Pedro Martinez
Abogado
5001@icagr.es
Disculpa Crazyh,el ayuntamiento ,no pide autorización, informa de que ha sido solicitada una actividad en dicha comunidad.
Me parece muy conveniente distinguir aquí entre 'actividades calificadas' -molestas, insalubres o peligrosas- con las que no lo son, como es una oficina.