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No tengo forma de avalar y quiero alquilar de alguna manera. ¿Me podrían explicar cómo funciona esta modalidad y cuál es el riesgo en el que incurro?.
Muchas Gracias.
Pablo
Imagino que lo que le propone es que le haga un pagaré con fecha 1 de cad mes del contratop anual, de forma que llegado ese día él ejecutará el cobro. El pagaré es obligación de pago. en mi opinión es arriesgado. El propietario puede descontar los pagarés (cobrarlos por anticipado de su banco), por lo que si hay un desestimiento del contrato puede ser muy difícil deshacer esa obligación de pago.
Yo buscaría otras soluciones que puedan dar arrendador las garantías que precisa, por ejemplo, un aval bancario.
Los pagarés son un tema muy complicado, pues pase lo que pase, te obligas a pagar aunque no haya deuda. Si los ejecuta, tú estas obluigado a pagarlos, contra tus bienes.
Hola,
La opción de pago a través de pagarés, son documentos bancarios que implican que llegada la fecha de vencimiento, el banco los cobra directamente de su cuenta bancaria. Es un pago "anticipado" y más rápido de cobrar en caso de existir problemas en el pago dado que la reclamación judicial es más rápida, se pueden endosar a otra persona (pago)
Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.
Un saludo
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