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ManuMANU

inquilino/a

voy a alquilar un piso y en el contrato hay una parte que no entiendo.

La arrendadora queda obligada a mantener la vivienda y sus instalaciones o servicios en su estado de habitabilidad para servir al uso, por lo que tales gastos serán de su cuenta exclusiva.

Las reparaciones que sean consecuencia de un daño doloso o mal uso de la cosa arrendada serán de la exclusiva cuenta del arrendatario.

Igualmente las reparaciones que sean necesarias por el uso ordinario serán de cuenta del arrendatario.

Me gustaria que me lo aclararais porque no se si es normal o no.

Gracias

  • Preguntado por: ManuMANU
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Manu:

    Es normal excepto " Gualmente las reparaciones que sean necesarias por el uso ordinario serán de cuenta del arrendatario. ", que debe entenderse como las Pequeñas reparaciones

    reciba un cordial saludo.

      http://letradosalquileres.es.tl



  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Yo lo veo normal, es lo que se suele poner en muchos contratos de arrendamiento

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