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El 6 de Noviembre alquilamos un piso para uso distinto a vivienda. Había que hacer algunos arreglos estéticos y estipulamos que lo pagábamos nosotros a cambio de un mes de carencia. El propietario había dado de baja la luz y tuvo que venir un electricista autorizado para hacer unas obras y un boletín, todo esto a cargo del propietario (800 euros). A 16 de Enero y tras llamar numerosas veces, enviar emails, e ir en persona a la compañía, seguimos sin poder dar de alta la luz. Las obras pudimos llevarlas a cabo gracias a que nos permitieron acceder a la luz de la comunidad mientras tanto. Hasta el momento hemos pagado dos meses de alquiler (diciembre y enero). Hoy por fin me han dado un número de solicitud de alta y me comunican que hay que pagar "unos 200 euros" por el alta. Tengo 2 preguntas:
- ¿Quién debe pagar el alta, la propietaria o nosotros?
- El alquiler que hemos pagado hasta ahora sin poder hacer uso del piso, ¿debería devolvérnoslo compensarlo en próximos meses?
Muchas gracias
¿Quién debe pagar el alta, la propietaria o nosotros?
Solamente le podrán repercutir ese costo a la propiedad si el contrato así lo establece.
¿debería devolvérnoslo compensarlo en próximos meses?
La respuesta h ade ser similar, teniuendo en cuanta además si lo han pagado sin poner ninguna objeción.
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