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Mi anterior contrato de alquiler acabó a primeros de Octubre del año pasado.
En la devolución de la fianza, el casero nos ingresó 100 euros menos, y al pedirle explicaciones nos dijo que los retenía a la espera de que llegasen las últimas facturas de los suministros. Aunque hubiera estado bien que avisase con antelación y no lo hizo, no nos pareció descabellado, y no hemos puesto problemas.
Lo que sí parece raro es que desde entonces todavía esté esperando una factura.
Entonces, quería saber si es legal que retenga ese dinero, y por cuánto tiempo puede hacerlo, o qué medios tengo yo para presionarle a que de una vez haga las cuentas y nos devuelva lo que nos corresponda.
Muchas gracias de antemano!
Hola,
según la LAU, el propietario puede retener hasta 30 días la fianza. Pasado ese plazo (y si es procedente), ha de devolver el dinero retenido con intereses.
Le remito al artículo 36.4 de la LAU:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l29-1994.t4.html#
En cualquier caso debe presentarle las facturas correspondientes que justifiquen la no devolución del dinero.
Exíjaselas por escrito.
Espero haber ayudado.
Sí, lo normal es hacer lo que hizo tu casero, ¡pero no durante más de 3 meses!
La ley otorga al arrendador 30 días para hacer esas cuentas y devolver al inquilino el importe sobrante, presentandole las facturas descontadas. Normalmente se llama a las compañías para dar la lectura del contador y que emitan una factura con el gasto exacto hasta el fin del arrendamiento.
Como es obvio que ninguna factura tarda tres meses en llegar, envía al propietario un burofax reclamándole las facturas descontadas y/o el importe restante.