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El casero puede exigirme que pague los meses que quedan por cumplir de contrato (faltan 5 según contrato que era de 11 meses)?? Gracias por anticipado
Hola Colomar:
Coincido con la respuesta de mi compañero León.
Reciba un cordial saludo.
Colomar: con los datos que nos das, y después de las polémicas que hemos tenido entre los compañeros "expertos" del foro, me inclino por pensar que tu casera puede quedarse con las 5/12 partes de la fianza, pero no más.
La base está en el art. 11 LAU 94, a cuyo tenor:
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Yo tenía la duda de si el casero podía percibir una indemnización mayor que la que recoge el artículo y todos mis compañeros opinan que no. Por tanto lo sensato es pensar que no (no voy a ser yo el único inteligente). Como conclusión opinio que tienes que pagar una indemnización (porque lo habéis pactado en el contrato), pero que es excesiva, que no te corresponde pagar toda la fianza completa, sino sólo las 5/12 partes que es la parte proporcional de la que habla el citado artículo 11.
El contrato era por once meses pero en la clausula dos se establece que si dejo la vivienda antes de acabar el contrato la propietaria se queda con la fianza y en la clausula 5ª se indica literalmente "la vivienda se destinara para uso habitual y permanente del inquilino sin que pueda subarrendar o ceder la misma" Asi pues, por una parte se fija el contrato por 11 meses, por otra se fija que es para vivienda habitual y permanente y por otra se indica que si me voy antes de acabar el contrato pierdo la fienza. Ok, pierdo la fianza. Pero puede reclamarme mas dinero?
Sies contrato de temporada y no de vivienda habitual,sí le pueden reclamar los meses restantes.Ahora bien.si es vivienda habitual ,puede dejarla a los seis meses y si tiene cláusula penelizadora o no la tiene ,depende
Colomar: ¿hay en el contrato alguna cláusula que establezca una indemnización en caso de desistimiento antes de los 11 meses?