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Y con cuanta antelacion debo avisar al dueño
Tranquilo Pedro, si se confunde de reforma de la ley, es normal esperar que también se confunda de contestación, pregunta, tema, etc...
Como que de todas formas la respuesta sigue siendo no? Pero si en la primera has dicho que si podia irse. . . .
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es
jose luis: es cierto lo que dicen los foreros, es que me habré confundido y le he contestado segun la ultima reforma de la LAU, cuando lo que debe aplicarse es la anterior.
De todas formas la respuesta sigue siendo que no, que no puede irse antes de lo que ponga el contrato. Por ejemplo si el contrato dice que tiene que quedarse 3 años, tiene que estar esos 3 años. Aparte de eso lo normal es que haya pactado un año y entonces pueda irse cuando vayan a cumplirse los sucesivos períodos anuales de las prórrogas.
De todas formas, ahora que gracias a los demás foreros he enfocado la pregunta correctamente, le digo que si tiene mucha necesidad de irse antes de tiempo, tengo una solución parcial. Si le interesa escrírbame sin compromiso a mi email profesional abogado@leonbendayan.com.
Hola Jose Luis:
Coincido con las respuestas de mi compañero Pedro y del sr Crazyh, al que aprovecho para darle la bienvenida nuevamente al foro, y le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/R-e2-gimen-normativo-de-los-contratos.htm
reciba un cordial saludo.
Anda que no.
Leon, repásate la LAU, anda, que ha dicho que la fecha del contrato es del 2012, con lo que DICE LA LEY es que el contrato es de un año prorrogable por anualidades completas, salvo que en el contrato se pacte una duración inicial diferente.
Jose Luis, debes avisar, mediante burofax, con un mes de antelación a la fecha de finalización de la anualidad, es decir, el 1 del 10 como muy tarde, y abandonar la vivienda antes del 1 de noviembre.
Leon, la posibilidad de desistir a los 6 meses entró en vigor con posterioridad a la firma de este contrato, por lo que no es de aplicación.
Jose luis, deberas mirar tu contrato para ver si existe esa posibilidad de desistimiento pactado y su preaviso pactado. En caso contrario debes permanecer en la vivienda hasta el fin del contrato o de cualquiera de sus prorrogas anuales y para marcharte deberas comunicarlo con un mes de antelacion.
Pedro Martínez
Abogado
jose luis: puede irse a los 6 mese preavisando con una antelacion de 30 días. De todas formas habría que leer el contrato para darle una respuesta completa, pero lo que dice la Ley es eso.