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Hola, se que pregunto mucho pero tengo que aprender jaja. en este mi segundo contrato de aluiler viene que entra a mi cargo el servicio de una empresa limpiadora cuando me vaya. Alguien por aui me dijo que no deberian por ley ir a mi cargo. Tengo este enlace de la LAU https://www.spaviv.es/docs/LeyArrendamientosUrbanos.pdf
pero ojeandolo rapidamente porque es muy extenso no e encontrado nada que hable de ello, alguien me lo dice para poder imprimirselo a mi casero y no tener mas peleas con el sin pruebas?
No lo dice la lau.
la lau no desciende a ese nivel de detalle.
es la jurisprudencia menor la que, cuando ha habido litigio, ha eximido al inquilino de ese gasto.
no obstante. Si lo firma usted en el contrato. La cosa cambiará. Si lo firma, podrán exigírselo.
saludos - Papeleos Alquiler.