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Em mi contrato de alquiler pone que cuando decide rescindir el contrato deberé avisar el dueño con 60 días de antelación. Mi pregunta es si tengo que indicar la fecha del abandono de la vivienda y dejar el piso NO MAS TARDE que pasados estos 60 días desde el día que les avisé?
Yo tenía esta idea. Sin embargo hoy he hablado con un agente inmobiliario, y el me dijo que yo solo tengo que avisar el dueño que voy a dejar el piso, sin indicar ninguna fecha, y que puedo estar buscando otro piso más tiempo (más de 60 días), si hace falta. De verdad no hay ningún limite? Me parece raro, ya que asi harían muchos por su comodidad, por si de repente decidiesen dejar el piso?...
Muchas gracias por responder!
Edi
Ese agente inmobiliario no tiene ni idea de lo que habla, pero es normal, posiblemente su formacion llegue para enseñar cocinas pero imagino que de arrendamientos sabe mas bien poco.
Al termino de cada anualidad los contratos se prorrogan automaticamente hasta los plazos que marca la ley, salvo que el arrendatario notifique al arrendador la voluntad de no hacerlo. Si notificas que no quieres prorrogar, el contrato no se prorroga y llegado el termino de dicha anualidad (o desistimiento anticipado en su caso) el arrendador puede desahuciarte de la vivienda aun cuando tu quieras pagar la renta y ello porque el contrato ha finalizado ya que tu mismo has impedido con esa notificacion que el contrato se prorrogue por una anualidad mas.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
Hola edi:
La respuesta a su primera pregunta es afirmativa.
Si llegada la fecha no abandona la vivienda su arrendadr estará facultado para instar el desahucio por expiración del plazo.
reciba un cordial saludo
Amparo, muchas gracias por contestar, y lo siento, pero su respuesta no me aclara nada, ya que no pregunto con que antelación tengo que avisar, sino si puedo quedarme más tiempo en el piso si hace falta, una vez haya avisado sobre su abandono.Es decir, si hoy, el 17 de Septiembre, aviso al dueño que voy a dejar el piso, esto significa que tengo que dejar el piso antes del 17 de noviembre? Que pasa si hayan pasado dos meses ya aún quiero quedarme en el piso? Me explico?...
Las condiciones de mi contrato son las que describo en el principio de mi pregunta - tengo la obligación de avisar con 60 días de antelación.
Gracias.
Tienes que avisar fehacientemente 30 días antes del cumpleaños del contrato.
Eso es lo que la ley dice.
Cualquier otra cosa que diga el contrato tiene que ser más ventajosa para ti o si no se aplicaría lo que te he puesto arriba.
Saludos - Papeleos Alquiler.