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Es un cuarto piso y no puedo subir escaleras, ¿qué puedo hacer?
Hola,
Tendrías que esperar un año para poder dejar el piso o bien atenerte a la la indemnización que tendrás que pagar.
No viste en la visita el piso y que era un 4 sin ascensor? no comprendo el problema ahora y lógicamente no puedes recurrir nada, lo siento
Puedes esperar al año y comunicar por burofax con acuse de recibo 30 días antes de la finalización de la anualidad que no lo quieres prorrogar.
Desestimiento Unilateral.-
Acuerdo por ambas partes o resolución judicial. El incumplimiento contractual puede dar lugar a indemnización de daños y perjuicios s/ Disp. Art. 1124 del Código Civil si bien la indemnización ha de entenderse tras su desalojo por arrendatario, al tiempo que hubiere permanecido desocupado y libre, ya que, en caso contrario, se produciría enriquecimiento para el arrendador.
Un juez suele condenar al pago de mensualidades restantes hasta finalización contrato o hasta que el arrendador vuelva a alquilar el piso. Gastos de abogados, procuradores, costas judiciales. Mejor negociar con el arrendador aún perdiendo una o dos mensualidades. Mejor un mal arreglo que un buen pleito.
Saludos,