Es necesario saber en base a qué está haciendo esa comunicación. Lo habitual es que deba hacerla con una antelación mínima de 30 días, plazo durante el cual tiene que seguir pagando la renta y cumplir con todas sus obligaciones.
Le aconsejo la lectura de esta entrada, ya que sus facultades para desistir del arrendamiento dependerán de la fecha de firma.
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/terminacion-alquiler-vivienda/ Un saludo,
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