Buenas tardes, Si usted tenía un contrato de arrendamiento de vivienda, a pesar de que en el contrato ponga que el contrato se otorga por un año, usted tiene derecho a las prórrogas forzosas, actualmente son 5 años, anteriormente eran 3. ¿A qué fecha firmó usted el contrato? Supongo que le será de aplicación la LAU de 2013, de forma que usted tiene derecho a seguir en la vivienda mínimo hasta que se cumplan los 3 años. Una vez transcurran los 3 años, si el propietario no quiere prorrogar más el contrato debe comunicarlo con una antelación mínima de 30 días. El contenido de la LAU para contratos de arrendamiento de vivienda es imperativo, de modo que la cláusula que tiene usted al contrato seria nula y se tendría por no puesta. Te recomendamos la lectura de nuestros artículos del Blog sobre el tema de arrendamientos:
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