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thais33

inquilino/a

¿Cuánto tiempo he de dar al propietario para irme del piso?

1 mes

  • Preguntado por: thais33
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
manuel josé ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    El arrendatario  puede comunicar la rescisión 30 dias como mínimo ( los 4  primeros años  s/  Art.9.1 L.A.U. y siguientes UN MES S/ Art.10 L.A.U. ) )   de antelación a la finalización de cada anualidad o prórroga   haciéndolo por burofax con acuse de recibo  ( ni teléfono ni e-mail,...).  Una vez  comunicado la rescisión se reunen el arrendador y el arrendatario el último dia del contrato   revisando el  piso, muebles, electrodomésticos,....todo, y figurando en documento Final Contrato  todas las deficiencias,entrega de llaves,faltas,averias, consumos pendientes ( o lectura contadores ), desperfectos ( excepto lo recibido al inicio de contrato  y comunicado al arrendador por burofax con acuse de recibo ), firmándolo ambos y copia para cada uno y figurando en él UN PLAZO  para efectuar el CAMBIO DE TITULARIDAD A NOMBRE de quien designe el Arrendador,quedando  pendiente hasta un mes después  la liquidación, descontando de la fianza  y garantías el importe de desperfectos,  averias, consumos pendientes, pagándole o  cobrándole la diferencia al arrendatario, previa presentación de las facturas. Si transcurrido ese mes y teniendo que abonar parte de la fianza  al  arrendatario  y no lo hace podrá demandarle judicialmente y con pago de intereses. El arrendador podrá rescindirlo SÓLO  a finalización 5º año comunicando  por  burofax con acuse de recibo  30  dias antes de finalización  de 5ª anualidad.

    Si se marcha a mediados de año sin cumplir la anualidad completa  es desistimiento unilateral y si el arrendador demanda judicialmente muchos gastos, abogados,procuradores, costas judiciales y mensualidades hasta finalización anualidad o hasta que vuelva a estar alquilado el piso.

    Saludos,

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