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Tengo un contrato de alquiler no prorrogable (anualmente) que acaba en 4 años. No tengo clausula que refleje que el propietario podrá reclamar el uso de la vivienda para si mismo de necesitarlo.
El propietario insiste en que me marche (alega problemas económicos). Yo no me niego a irme siempre y cuendo eso no me suponga a mi una pérdida económica.
Calculo:,gastos de mudanza, mas el mes/meses que tendría que pagar a la vez la renta de la nueva vivienda mas la de la que ocupo actualmente, mas desplazamientos al colegio si me mudo a otra localidad ya salgo perdiendo. Además dejé una buena cantidad de fianza y me da miedo que no me la pague y se invente excusas para no devolverme el dinero.
Quiero llegar a una resolución amistosa sin salir perjudicad@
Me dicen que tengo derecho a permanecer en esta vivienda mientras no incumpla el alquiler, y que de marcharme voluntariamente tengo derecho a una indemnización
¿Es eso cierto? Si lo es ¿como se calcula dicha indemnización?
Le doy las gracias Jan, tanto por la claridad como por la celeridad de su respuesta.
Intentaré hablar de nuevo con el propietario para llegar a una resolución amistosa.
Lo cierto es que a nadie le gusta estar donde sabe que no le quieren, y pese al estress que genera una mudanza, la verdad es que no me apetece seguir viviendo sometida a sus presiones.
Desde que estoy en este inmueble no se ha hecho cargo de reparar nada, y encima le estoy pagando los suministros del garage de la vivienda, que no tengo alquilado por contrato y que él usa. Pese a haberle pedido en varias ocasiones que ponga contadores a parte, no lo hace y sigo corriendo yo con los gastos de los suministros.
Si decide complicarme la vida, veo que al final puede hacerlo... así que intentaré resolver esta situación de la mejor forma posible.
Un saludo y de nuevo gracias a tod@s por vuestra ayuda.
Hola sionadir:
" Dice haber puesto una propiedad a nombre de un familiar suyo (un hijo) por encontrarse este en situación de desamparo y me dice que me tengo que marchar en un plazo de dos meses, aunque en la carta que me ha entregado en mano no dice nada de esto."
Aunque fuera cierto en nada afecta a la vigencia de su contrato.
"Me ha dicho que la ley lo ampara y que haga mis consultas, pero que al no tener el un domicilio propio puede reclamar esta vivienda para sí y me puede desalojar."
Al no haber pactado la cláusula de necesidad en el contrato, lo alegado por su arrendador carece de relevancia.
-"¿me pueden aclarar si la ley ampara al propietario para que efectivamente pueda desalojarme sin indemnización?"
No,no le ampara.
reciba un cordial saludo
Hola de nuevo.
Ya en su día manifesté mi intención de rescindir el contrato siempre y cuando a mi no me ocasionara ningún coste adicional. Al parecer estuvo de acuerdo con esto pero poco después rectificó.
Tras habere echado atrás el propietario y decirme que había cambiado de opinión y que me podía quedar en la propiedad que tengo alquilada, recientemente ha vuelto a la carga.
Me ha dado una carta en mano, donde solicita rescindir el contrato, alegando circunstancias personales y econónicas. Está arruinado y creo que el banco anda detrás de él.
Dice haber puesto una propiedad a nombre de un familiar suyo (un hijo) por encontrarse este en situación de desamparo y me dice que me tengo que marchar en un plazo de dos meses, aunque en la carta que me ha entregado en mano no dice nada de esto.
Me ha dicho que la ley lo ampara y que haga mis consultas, pero que al no tener el un domicilio propio puede reclamar esta vivienda para sí y me puede desalojar.
En el contrato de alquiler que tengo no hay cláusula alguna que determine que en caso de necesidad, el propietario puede reclamar esta vivienda para sí o para su familia.
Continuamos en las mismas, ya estoy harta, con esta ya van no se cuantas veces que me pide que me marche, que intenta poner la casa en venta y yo no se cuantas cosas mas.
Me han dicho que solo puedo ser notificada por burofax o por correo certificado para abandonar esta vivienda, pero no tengo ni idea.
Por favor, -¿me pueden aclarar si la ley ampara al propietario para que efectivamente pueda desalojarme sin indemnización?
Muchas, muchas gracias de antemano
1.- Es absolutamente correcto
2.- La constancia escrita, previa a la entrega de llaves, es inexcusable, 'las palabras se las lleva el viento'
3.- La inmobiliaria es posible que esté de parte del casero.
PD: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/tengo-derecho-indemnizacion-incumpliemiento-parte-_23378.html No haga caso de esa respuesta de 2010
Si le parece oportuno puede llamarme al telefono que le facilité
Gracias Pholmo y Amparo.
Yo no quiero aprovecharme de nadie, solo no tener que salir yo pagando los errores de los demás.
Es decir que puedo hacer un cáculo de cuanto me puede costar una mudanza mas los gastos adicionales que me suponga un cambio de domicilio y solicitarlo, ¿Es correcto?
Y esto ¿Tendría que formalizarlo mediante algún documento por escrito?
¿Tendría que ir a un abogado a redactarlo o podrían hacerlo en la misma inmobiliaria con la que firmé el alquiler?
Acabo de toparme con mi misma pregunta con fecha del 2010
http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/legislacion-alquiler/tengo-derecho-indemnizacion-incumpliemiento-parte-_23378.html
¿Se ha modificado la ley desde entonces?
Es que el propietario me dice que "ha consultado con un abogado" y que tiene derecho a reclamar la vivienda por necesidad para si mismo y para su familia.
Cuando menos me crea una ansiedad sentir que me tengo que ir así sin mas.
Una indemnización como su nombre indica es la compensacion de los daños y perjuicios que se le originen como consecuencia de la voluntad del dueño de dar por terminado el alquiler sin ningun derecho a ello.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
La indemnización no se calcula. Porque la indemnización, sería un favor que tú le hagas al arrendador yéndote.
tienes derecho a quedarte y punto.
si aceptas irte. Tú pones el precio. Si no te lo dan. Te quedas.
saludos - Papeleos Alquiler.