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doli

inquilino/a

No tenemos dinero, es un motivo de salir antes de cumplir el año y poner en la finalización de contrato?

me quede en el parro ,mi pareja no puede pagar todo ,entre que esta divorciado y tiene que pagar el antiguo piso y la pension alimentaria se queda con poco ,le hemos dicho al proprietario que baje un poco el alquiler el motivo es que no llegamos al final de mes ,el no le cree dice que es por mi culpa ,la pregunata es que es motivo suficiente de poner en la finalizacion de contrato que el verdadero motivo de salir antes con dos meses del piso es de no tener dinero,podemos justificar para recuperar la fianza entera y sin pintar el piso ,que tenemos que hacer ,gracias por contestarme a las preguntas anteriores con amabilidad,un saludo a todos

  • Preguntado por: doli
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Solo lo podrás hacer llegando a un acuerdo con el arrendador, si el no quiere llegar a ese acuerdo, estarás incurriendo en un incumplimiento de contrato.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Solo lo podrás hacer llegando a un acuerdo con el arrendador, si el no quiere llegar a ese acuerdo, estarás incurriendo en un incumplimiento de contrato.

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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