Subida alquiler en prórroga de contrato. ¿Me podéis asesorar de como actuar?
Estoy de alquiler en un piso en el cual, me hicieron un contrato de 5 años (los cuales ya finalice) y el año pasado 20/06/2017 firme una prórroga de 3 años renovables año a año. El propietario me comentó la intención de vender el piso y que yo me quedara con él, pero tras intentar comprarlo, no he podido. Con fecha de hoy, me envía un burofax indicando que con fecha 20 de junio 2018 queda rescindido el contrato vigente y que me sigue alquilando el piso a un precio de 830 euros al mes (cuando yo actualmente estoy pagando 680). Me he mirado mi contrato y he visto que únicamente me puede subir el ipc, estoy en lo cierto? Además, en el contrato me indica que debería de haber mandado la notificación con un mínimo de 30 días a la finalizacion del contrato... Me podéis asesorar de como actuar? No puedo acceder a ese precio y creo que no es legal... Gracias
Preguntado por:
Laura
Hace 6 años
Categoría: Inquilinos
Respuestas (7)
nacho ha sido el primero en contestar nacho ha sido elegida Mejor Respuesta
Laura
inquilino/a
Gracias! Así lo haré, consultaré igualmente con abogado para quedarme más tranquila.. Gravias a todos por las respuestas
Como dice Nacho, l que has firmado es un nuevo contrato por 3 años, según normativa vigente, o sea hasta el 2020. Durante este periodo solo se puede incirementar el alquiler según el IPC, y sobre el alquiler pactado en el 2017. Cualquier otra cláusula que no respecte estas condiciones pueden declararse nulas. Consulta un abogado en caso de duda.
Como dice Nacho firmaste un nuevo contrato por tres años, según legislación vigente, en el 2017 que vence en el 2020. En el 2018 se produce la renovación automática según incremento del IPC, sobre el alquiler pactado en el 2017. Cualquier otra claúsula que no recoja estas condiciones, són juridicamente nulas y deberias hablar con un abogado.
Hola Laura: Le sugiero que contacte con un abogado que examine toda la documentación y que la asesore sobre la conveniencia de contestar al burofax recibido.
Guarda el burofax por si acaso y sigue pagando lo pagas ahora, en cuanto al ipc es el arrendador el que tiene que notificarte por escrito expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si lo exiges , la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística.
SOY LAURA.. Y que debo hacer al respecto con el burofax que he recibido? Hago caso omiso, entiendo? O el próximo mes le hago la subida que corresponda del ipc..? Aunque tampoco el propietario me ha indicado la subida del ipc.. Le sigo pagando los 680 como hasta ahora? .. Gracias
Laura lo que has firmado es un nuevo contrato,no una prorroga, así que puedes estar hasta 3 años sin poder subir la renta solo actualizarla mediante el IPC si figura en el contrato
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