Hola Cecilia: Si los impagos se refieren a facturas de suministros (agua, luz gas..) la jurisprudencia mayoritaria aboga porque el plazo de prescripción es de 3 años.
Buenos días, Tal como le dicen, la prescripción del derecho a reclamar una deuda de ese tipo es de 5 años, hasta que se cumpla dicho plazo existe la posibilidad de que se lo reclamen. Un saludo. PdC Sociedad Inmobiliaria
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