Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En mi contrato tengo dos claúsulas que no sé si son legales:
* "Cualquier modo de enajenación de la vivienda arrendada por el propietario estinguirá el presente contrato".
* "La parte arrendataria renuncia expresamente a la aplicación del art 16 l. A. U. "
Os dais cuenta pues de lo que vale este foro, deberían darle la Cruz de San Raimundo de Peñafort por la cultura jurídica que imparte.
Jajajja Crazhy!
El articulo en cuestión es este:
artículo 16. Muerte del arrendatario.
1. En caso de muerte del arrendatario, podrán subrogarse en el contrato:
a. El cónyuge del arrendatario que al tiempo del fallecimiento conviviera con él
menos mal que todo lo que vulnera la lau es clausula nula, porque ahora ya quieren hasta echar de su casa a la pareja si el que firmó el contrato muere.
que poca vergüenza tienen!
No recordaba el artículo 16 de memoria. No he podido evitar empezar a reir a carcajadas al ver qué artículo era.
"artículo 16. muerte del arrendatario"
no me digas que el arrendatario renuncia expresamente a morirse. Esa cláusula también la quiero yo! Xddddd
Mas que ilegales, son nulas y por lo tanto carecen de efecto.
http://www.pedrohernandezabogado.com/
llame al 807 520 008 Para consultarme directamente. Precio llamada: (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
Descargue mi Diccionario Jurídico del Alquiler