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Al acabar la duración el contrato en Oct 2012 este se renovó automáticamente sin necesidad de firmar nada? Simplemente le comunicamos por teléfono al dueño que deseabamos continuar en el piso.
Ahora queremos dejar el piso y se lo hemos comunicado por mail (2 meses antes) y en persona (1 mes). Tendríamos que pagar una penalidad 2 meses de renta (ver clausula abajo)?
El plazo de duración del presente contrato es de UN AÑO a partir del 1 de Oct del 2011, renovándose por sucesivas anualidades si media previo acuerdo por escrito entre las partes, y elos, con un mes de antelación a la finalización del periodo inicial o de cualquiera de sus renovaciones.
En el supuesto de que la parte arrendataria quisiera dar por finalizado el presente con anterioridad a su periodo inicial o a cualquiera de sus prórrogas, se compromete frente a la parte arrendadora a comunicar por escrito su intención con un preaviso de un mes a la fecha de desaljo y satisfacer una penalidad cifrada en dos meses de renta.
Hola Guillermo:
Le sugiero que contacte con un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos para que revise su contrato.
reciba un cordial saludo.
Guillermo_B solamente con la lectura de la clausula que transcribe no parece que su contrato sea de temporada, por lo tanto y de acuerdo con esa clausula está obligado a indemnizar al arrendador en los términos pactados.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).