Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

ismax

inquilino/a

En mi contrato pone que debo pagar el IBI pero no pone el importe. ¿Puedo no pagarlo?

Soy arrendatario de un piso alquilado en el año 2006 y actualmente estoy en el quinto año de contrato, al cumplir los 5 años firmamos una prorroga por escrito de tres años más.

El caso es que en mi contrato  arrendamiento pone que debo pagar el ibi   pero no pone el importe  y en la ley de arrendamientos urbanos pone que para que esa clausula sea valida se debe especificar el importe en el contrato.

¿puedo dejar de pagar el ibi a partir de ahora? En la gestoria me amenazan con que si no pago me ejecutaran el aval bancario (aval que no es al primer requemiento)

Llevo ya cinco años de ibi pagados ¿podría reclamar esas cantidades?

en caso afirmativo ¿podrá reclamarlo mediante un proceso monitorio?

Muchas gracias

  • Preguntado por: ismax
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
EduardV ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    En primer lugar consignar la cantidad se refiere a las cuotas de Comunidad y en segundo lugar si lleva cinco años pagando sin protesta ahora no puede cambiar de criterio, se expone a la ejecución del aval.

    para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • ismax

    inquilino/a

    pero no es exatamente el mismo caso en la LAU pone que se debe de especificar el importe del  ultimo recibo del IBI para que la claula sea válida y en mi contrato no pone ningun importe.

    • Respondido por: ismax
    • Hace 12 años
  • EduardV

    inquilino/a

    Mirese este link:

    http://www. Enalquiler. Com/comunidad-alquiler/inquilinos/ibi-gasto-tenga-pagar-yo-inquilina_43899. Html

     

    la respuesta de Oscar Aparisi dice que si debe pagar-lo.

     

    o si en el buscador arriba a la derecha pone ibi le saldran muchas consultas al respecto.

    • Respondido por: EduardV
    • Hace 12 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas