Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

abrahamcito

inquilino/a

¿Tengo que respetar el mes si me quiero ir del piso antes? ¿Pierdo mi fianza?
  • Preguntado por: abrahamcito
  • Hace 11 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (9)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Totalmente de acuerdo con Amparo.

    Le recuerdo que así como el casero debe repetarle durante 5 años......usted también tiene obligaciones y por eso le conviene leerse el "decálogo del imquiliono" de la página de AmparoBB

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Según la ley su contrato se va prorrogando por anualidades hasta que cupla 5 años, salvo que en alguno de los cumpleaños del contrato, y previo aviso fehaciente al arrendador, usted decida que no quiere seguir.

    Es para no seguir cuando debe avisar (al menos 30 días antes de algún cumpleaños del contrato) para seguir no hay que hacer nada.

    Si no cumples el año completo (este que acaba de iniciarse) puedes perder más que la fianza.... puedes ser demandado por incumplimiento de contrato.

    Mejor habla con el arrendador, ve cómo respira, y llega a un acuerdo con él.

    Saludos - Papeleoss Alquiler.

  • Jan Abogado

    profesional

  • abrahamcito

    inquilino/a

    Muchas gracias,pero no entiendo que sea renovable de año en año,puesto que el dueño no se preocupa de cuando llega la fecha para ver si sigo,nunca me ha preguntado ni nada.entonces si no le aviso con un mes me puede quitar la fianza o es solo el primer año si hubiera incumplido el contrato?un fuerte saludo jan.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola abraham:

    Gracias por aportar los datos solicitados. Conforme a los mismos su contrato se prorrogó por una anulidad más el 1/9/2013, por lo que tendrá que cumplir dicho plazo salvo:

    1º) que en su contarto se pactara la facultad del arrendatario(usted) de desistir del contrato antes de su plazo de duración o de sus prórrogas.

    2º) Que llegue a un acuerdo con su arrendador para resolverlo de mutuo acuerdo con o sin penalización.

    reciba un cordial saludo

    http://letradosalquileres.es.tl

  • abrahamcito

    inquilino/a

    1 de septiembre del 2010

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola abraham:

    ¿en qué fecha se celebró el contrato? .

    reciba un cordial saludo

    http://letradosalquileres.es.tl

  • abrahamcito

    inquilino/a

    el contrato se hizo hace 3 años con fecha de 1 año minimo.muchas gracias.

  • Jan Abogado

    profesional

    Hola abraham:

    por favor, exponga la fecha e celebración de su contrato.

    reciba un cordial saludo

    http://letradosalquileres.es.tl

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas