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Nunca se firmó contrato de arrendamiento, aunque mensualmente abono una mensualidad por su disfrute. Actuamente pretenden cargarme el IBI de la vivienda ¿sería legal? En ningún momento se ha negociado pacto alguno
gracias
Debe tener en cuenta que
quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta Ley (Ley 29/1994):
el uso de las viviendas que los porteros, guardas, asalariados, empleados y funcionarios tengan asignadas por razón del cargo que desempeñen o del servicio que presten.
por lo tanto el uso de su vivienda se regulará por las disposiciones administrativas correspondientes.
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