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BEATRIZ

casero/a

RESCISION DE CONTRATO DE ALQUILER A LOS SEIS MESES
Hola, me gustaría plantear una cuestión que me ha sucedido y no sé si he hecho bien. Mi inquilino me avisa cumplidos sólo seis meses, no habiendo en contrato ninguna penalización, de que se marcha del piso, me avisa por teléfono el 23 de enero y me dice que me paga los 23 días del mes de febrero, lo que serían 30 días. Pero en realidad al hacer la rescisión de contrato me entrega las llaves el día 1 de febrero, con lo que en realidad hay un incumplimiento de contrato pues del 23 de enero al 1 de febrero no son 30 días y en contrato dice que la indemnización es una renta mensual. Igualmente los gastos de los suministros de esos 23 días a quien corresponde el pago?. Si me podéis decir algo al respecto. Un saludo y gracias
  • Preguntado por: BEATRIZ
  • Hace 5 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
opinionlegal ha sido el primero en contestar
  • opinionlegal

    opinionlegal

    profesional

    Bu enos días Beatriz, estamos ante el supuesto del desisimiento de contrato regulado por el art.11 de la LAU. El inquilino puede desistir/dejar del/el contrato cuando lleve en el piso al menos 6 meses y debe comunicarle al dueño que se va a marchar, con una antelación mínima de 
    30 días antes de su salida de la vivienda. Los gastos de suministros  que se generen hasta la finalización del contrato corresponden al arrendatario.@opinionlegalbcn


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