Hola Sandra:
Si usted puede probar que en el momento de abandonar la vivienda no adeudaba cantidad alguna, no existían desperfectos por mal uso o negligencia y que la vivienda se arrendó por la misma cantidad o superior después de su salida(si se arrendó justo 30 días después de que usted se fuera ya habría un perjuicio económico para el arrendador), podrá reclamar la fianza judicial o extrajudicialmente con bastantes garantías de éxito.
reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl