Todo dependerá de la entidad de esos deterioros, según la LAU (21.4) el inquilino debe correr con las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.