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Parto de la premisa de que se trata de una buena finca y el alquiler es muy alto.
Estar sin calefacción, sin horno, sin campana extractora pagando 1.400€ al mes, es un despropósito
Debe tomar en consideración que eso en ningún modo autoriza dejar de pagar el alquiler y que en un juicio de desahucio por falta de pago no se va a contemplar siquiera, dico esto lo cierto es que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial de arquitecto y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. La obtención de cualquiera de esos resultados puede exigir la intervención de Letrado y Procurador.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
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