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Buenas tardes.
Hace poco hemos dejado un piso, y queremos facilitarle a la dueña el poder acceder a la fianza para efectuar los arreglos que considere.
Mientras entregábamos las llaves, nos ha indicado que teníamos que darle un recibo de pago de fianza (mediante la CAI, aqui en Aragon) para que ella pueda recogerla de la DGA.
Sin embargo, al buscar los papeles del piso, tan sólo hemos encontrado el contrato original, firmado y sellado por la DGA, sin ningún tipo de recibo.
¿Realmente es necesario dicho recibo? Independientemente de esto -y aunque sólo sea por dar tranquilidad a nuestra excasera- ¿podemos solicitar una copia del mismo?.
Lo del recibo es porque en el consta el número de expediente de la fianza y sin ese número depende de las ganas de trabajar del funcionario puede que os lo den.
Yo creo que si vais con la copia del contrato cruzarán datos y saldrá la ficha.