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Necesito las escrituras para que el ayuntamiento expida cédula de habitabilidad 2ª ocupacion y así dar de alta los suministros.
¿puedo rescindir el contrato por no darme dichas escrituras y no tener la cédula de habitabilidad 2ª ocupación?
quien debe asumir dicho coste? Y los boletines de la luz y el gas?
muchas gracias
Lo más gracioso del caso es que, la cédula de habitabilidad, la tendría que pedir, y pagar, el arrendador.
Los boletines de suministros, más de lo mismo, pero no así el alta ni los contadores.
Nadie puede rescindir un contrato de modo unilateral, si el dueño no le facilita la habitabilidad del piso deberá requerirle esos documento de modo formal anunciando que va a solicitar la rsecisión del contrato.
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