¿Qué significa esta cláusula referente a la duración mínima del contrato de alquiler del piso?
Quiero alquilar un piso y en el contrato que me han enviado hay una cláusula referente a la duración mínima que dice: La duración del presente contrato, obligatoria para ambas partes, será de 24 meses (...) sin perjuicio de que los inquilinos puedan prorrogarlo (...). ¿Es esto lícito? que pasaría si no llego a estar 2 años en el piso?
Es totalmente lícito, ustedes pueden pactar el contrato por el tiempo que estimen oportuno.
Que pasará si no llegas a los dos años?, pues que te podrán obligar a cumplir el contrato, o lo que es lo mismo, pago de las rentas hasta alcanzar ese segundo año o hasta que puedan volver a alquilar el piso.
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