Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Cuando alquilamos el piso nos lo dieron con varios electrodomésticos, hoy nos hemos dado cuenta que el tambor de la lavadora de da vueltas y ante la posibilidad de tener que cambiar de lavadora o que venga un técnico a mirar qué le pasa la lavadora, no sabemos quién tiene que hacer frente a este gasto.
Yo entiendo que si lavadora se ha estropeado, debemos reponer una nueva, o arreglarla por nuestra cuenta, pero no estoy segura y tampoco quiero pecar de tonta.
¿Qué pasa en estos casos?
Confusión y más confusión. Lo cierto es que se puede fijar en su contrato, si existe un anexo que contempla la existencia de la lavadora usted exija que se la arreglen a la mayor brevedad mediante un burofax, si no existe ese anexo o no existe la lavadora en el mismo usted puede tirar la que no funciona y comprar una nueva y el día de marcharse del piso se la lleva y no hay más problemas.
Hay mucha literatura en esta web sobre eso, porque la LAU no especifica hasta ese nivel de detalle.
Hay personas que opinan que si te entregaron electrodomésticos que funcionaban (aunque estén viejillos) tú debes devolver el piso con electrodomésticos que funcionen.
Hay otras personas que opinan que el inquilino repara y cuando el técnico opina que no vale la pena, entonces el propietario sustituye.
En este caso tendrías unos electrodomésticos nuevos y otros menos nuevos, pero cuanto tú te vayas, quien te sustituya, volverá a encontrarse electrodomésticos usados o muy usados... así son las cosas...
Renovar todos los electrodomésticos cuando se cambia de inquilino parece un lujazo inasumible y ciertamente poco ecológico.
Y arreglar todas las averías del inquilino... también es una forma de que no ponga cuidado en el trato que les da.
En fin lo que quiero decir es que no es nada fácil. Es algo que debería hablarse antes de hacer el contrato y acordar cómo se procederá en cada caso.
En mi página, tengo un pequeño cuadro que esquematiza lo que en mi opinión, formada en gran parte en la opinión de letrados de esta web, debiera ser
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/pinceladas
busca "reparaciones"
se basa en el millón de respuestas que ha leído, como la mayoría de los contertulios
Artículo 21 de la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos).
Es la ley que regula los alquileres.
¿La respuesta de Mari Solis tiene respaldo legal?¿Está basado en una ley o algo similar?
Todo depende de que pactasteis en el contrato. Si no se pactó nada sobre los electrodomésticos, al entregarte la vivienda con ellos, se entiende que es el propietario quien tiene que sustituirla, y en caso de reparacion, ésta la pagas tú.
tienes que llamar a un técnico y si se puede reparar, lo paga el inquilino y si no se puede reparar y hay que comprar una nueva, lo paga la propiedad.
PD: el técnico tiene que hacer un informe por escrito si no tiene reparación o la reparación cuesta más que una lavadora nueva.