Buenos días,
Marta, eso no es lo que dice la LAU94 exactamente. La misma no habla en ningún momento de importes (cuestión distinta es que la jurisprudencia haya podido orientar en este sentido). Lo que dice Amparo BB es lo correcto, por lo general, la rotura de una persiana puede deberse o bien a un mal uso, lo que supone obligación para el arrendatario, o bien se puede entender un desgaste por el uso, pudiéndose encuadrar dentro de las llamadas "pequeñas reparaciones", por lo que el coste lo asume de nuevo el arrendatario. Cuestión distinta es el caso de que usted lleve, por ejemplo, 5 meses alquilado en el inmueble, por lo que se podría entender que el problema esta causado por un uso que no ha sido el suyo, y por lo tanto debería responder el arrendador.
Un saludo
PdC Sociedad Inmobiliaria