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Llevamos un año en alquiler y hace unos meses, cuando empezo a apretar el frio, empezamos a tener problemas con el calentador. Entonces nos dimos cuenta de que no había un contrato de revisión anual. ¿Es el dueño, el obligado a pagar revisión y/o reparación en caso de averia?
Si es una \"pequeña reparación\" os correspondería a vosotros según el artículo 21-4 de la LAU.
No obstante, mi recomendación es que habléis con él y pactéis hacer un contrato de mantenimiento - aunque sea pagándolo a medias - a partir de ahora.
De ese modo, tú te beneficiarías en cuanto a que las pequeñas averías serán muy muy remotas (y no se pagaría mano de obra que es lo más caro)
Y él se beneficiaría porque un mantenimiento sin duda alargará la vida útil de su caldera.
Saludos - Papeleos Alquiler.