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Alfredito

inquilino/a

¿Quién paga las reparaciones de cosas que están fuera de normativa?

He alquilado un piso que me aseguraron que tenía los servicios dados de alta. No era así. Aparte no éstaba dentro de la normativa por lo que hubo que hacer la cometida nueva para el boletín azul. Luego de negociar, el propietario decidio hacer la obra. Ahora estamos negociando la reforma de una lavabo que está muy antiguo y la cocina que tampoco esta en buen estado. Al principio el propietario nos dío sólo 15 días, pero al ver el estado concreto del piso queremos volver a renegociar la carencía. ¿Tenemos algún derecho o el propietario puede decir que el piso estaba en el estado que estaba cuando firmamos y no hay nada que hacer? ¿Podemos demandarlos ya que aun no hemos podido acceder a la vivienda y aun no tenemos ningún boletín para empezar a tramitar los servicios? ¿Dónde nos podemos informar de nuestros derechos legales?

Gracias

  • Preguntado por: Alfredito
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Solo  puede  haber una negociación  que se plasma  en el contrato firmado y de conformidad por ambos. Para eso  se  visita el piso para  ver  posibles discrepancias en su estado y  figurar  por escrito  su posterior revisión  y a cargo de quién.  La ley  no entra en detalles particulares de cada uno.

    S/   el  Código  Civil  cuando se firma un contrato  y no se hace constar lo contrario es que  todo está  EN  DEBIDAS CONDICIONES. (  Se presupone  bien  salvo expresión contraria).  Normalmente  al alquilar  están todas   las  instalaciones de suministros  hechas y dadas de alta  aunque no es obligatorio. ¿porqué?  Porque si usted  paga el alta de dichas instalaciones, además del  gasto importante efectuado, cuando se marche, puede dar de baja todo perdiendo el dinero invertido y, además, el arrendador o nuevo inquilino tendrían que volver a dar de alta las instalaciones.  Cada inquilino que venga,lo mismo. Por eso  lo suele hacer el arrendador a su costa. Tan solo,el inquilino, hacer el cambio de titularidad y posteriormente el pago de los consumos. saludos,

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