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Hola! Se nos cumple el contrato en junio y queremos renovar por un año más. Hicimos el contrato por una gestoría y nos clavaron 150 euros. Ahora la casera dice que nos costaría otra vez otros 150 euros renovar... Es así?
Muchas gracias!
Hola
Perdonad quiza no me expliqué lo suficiente.
No me refería a hacerlo, sino solo a decirlo, en plan farol, para que vea que ella también puede perder algo. (aunque la final se lo tenga que pagar, quizá hayan pasado 6 o más meses, y dependiendo de lo que le urga el dinero al propietario)- Repito, no aconsejo hacerlo, solo decirle al propietario que corre el riesgo de que me de "la venada" y lo haga, haciendo que todos perdamos (en plan, tu estas loco, yo tambien puedo estarlo).
He ido siguiendo su caso con detenimiento desde la primera pregunta, me alegro de que por fin se haya arreglado todo y usted esté más tranquila.
Coincido con Muelles, viendo la estabilidad emocional de la propietaria, iría buscando con tiempo otro piso en el que el propietario esté más cuerdo.
Espero todo les vaya bien.
No llegaríamos nunca a eso... Ni siquiera creo que a dejar de pagar el alquiler. No somos amigos de esas cosas.
Cuando la dueña recobró la cordura y se disculpó nos dijo que todo seguiría como antes: que se renovaría el contrato automáticamente por otro año, que depositaría la fianza y pagaría la multa, y que la avisáramos con 2 meses cuando nos quisiéramos ir como teníamos acordado.
Sólo nos queda confiar en que cumpla su palabra... y cruzar los dedos para que no le des más brotes de estos sin motivo ni razón! Gracias a todos!
Hoy hemos recibido todos los atrasos de la ayuda :)
Dgavillablino; dar este tipo de consejos es muy peligroso. Que no tienen nada que perder por el desahucio? Siento decir que está del todo equivocado. Desde el primer mes que no pagen, la dueña puede iniciar el proceso y cuando salga la sentencia a favor del propietario, los inquilinos serán obligados a pagar todos los meses que han vivido sin pagar, más las costas judiciales.
María José,
No descartes la posibilidad de amenazarle con que si no deja de tocar las narices, y accede a dejar el piso de la forma que queréis, os vais a quedar en él sin pagar hasta el deshaucio, que no os importa que os deshaucien, porque no perderéis nada, y ella sí.
Se que no es digno, pero vista la inestabilidad de la inquilina, y si no hay otra salida, es lo que hay.
Exactamente, María José. Como te ha explicado impecablemente Amparo, las prórrogas son anuales (artículo 9.1 de la LAU), por lo que al final de cada anualidad podrás decidir de nuevo si irte o quedarte, pero ese año de prórroga hay que cumplirlo completo.
De ahí mi insistencia en que, si vuestra intención es marcharos más antes que después, preaviseis antes del 1 de Mayo para salir el 1 de Junio.
Sí, como bien te han dicho, puedes romper el contrato cuando quieras, siempre que coincida con el vencimiento (o "cumpleaños") del contrato.
Si el inquilino se va antes del vencimiento, el casero puede pedirle que pague las mensualidades que restan hasta el vencimiento (viva o no en el piso), o hasta que se encuentre otro inquilino que le sustituya (el casero no perdería dinero, por lo que tampoco podría reclamarlo).
En la práctica, si un inquilino decide irse en el mes 15, por ejemplo, si avisa con tiempo los caseros hacen la vista gorda a esto, o bien porque no lo saben, o bien porque la relación ha sido buena y no quieren jaleos. Pero eso no quiere decir que como inquilinos tengamos ese derecho.
En tu caso, si tu casera está asesorada por abogados y gestoría (además de tener un "pronto" bastante importante y estar ya mosqueada), piensa si te merece la pena arriesgarte...
María José.
Muelles dice bien.
Una vez cumplido el primer año, puedes decidir marcharte, o quedarte OTRO AÑO.
Y así cada año, hasta cumplir 5.
En el 5º cumpleaños tanto casero como inquilino pueden decidir terminar el arriendo o continuar hasta 3 años más, durante los cuales sólo el inquilino podría, una vez al año, decidir continuar otro año o marcharse.
En el 8º cumpleaños del contrato, el arriendo finaliza.
Aquí tienes un resumen de derechos y oblligaciones de inquilinos y caseros
Saludos - Papeleos Alquiler
Muelles, qué me dices?! Estás seguro 100% de ello? No tiene ningún sentido... Porque entonces nadie renovaría, no??? Todo el mundo se iría en un año para no arriesgarse. Me lo puedes confirmar?
Gracias!
María José, una última aclaración. Si ahora decidís continuar y no preavisais antes del 1 de Mayo de vuestra salida el 1 de Junio, el contrato se prorroga automáticamente por un año más, de obligado cumplimiento. Ello significa que en verano no podréis preavisar, ni con un mes ni con dos, ni marcharos hasta el 1 de Junio de 2011, sin incumplir el contrato. Si lo hiciéseis, ahí sí tendría un motivo sólido para demandaros.
Por eso te decía que dejases correr este mes, para dar tiempo a que te ingresen esos 2.500€, y unos días antes del 1 de Mayo, enviases el burofax preavisando de vuestra marcha coincidiendo con el fin de la anualidad.
Los propietarios tienen 30 días para depositar la fianza en el organismo correspondiente (esto lo controlan las comunidades autónomas, asique puede variar de un sitio a otro).
Pues lo que te estaba proponiendo tu casera es que hicierais un nuevo contrato, con fecha de ahora. Ella tendría 30 días desde esa fecha para entregar la fianza y no la exigirían la penalización por el retraso.
Pero si ella no tenía la obligación, durante el año pasado, de entregar la fianza, porque el contrato es posterior. Vosotros tampoco teniais derecho a cobrar ninguna ayuda ni a desgravaros por ese alquiler.
Si se hace lo del nuevo contrato, no sé cuál sería la respuesta de los organismos públicos:
1.- Decir, vale, si el contrato empieza ahora, y tu no tenías la obligación de entregar la fianza, ellos tampoco deberían haber cobrado la ayuda.
2.- Decir: "no, no, no, no; este es un nuevo contrato. Los inquilinos ya nos presentaron el contrato vigente antes y toda la docunetación. Está muy bien que quieras hacerlo bien ahora, pero por no cumplir durante el año pasado, la multa es la que ya te hemos dicho..."
(Lo más probable es dijeran lo segundo. Pero como no conozco ningún caso de estos, y segun la Com.Aut. cambia, pues no me atrevo a hablar con total seguridad acerca de lo que ellos harían)
Es decir, que ese "trapi" sólo le podría servir si vosotros no lo hubierais declarado, si los organismos públicos no hubieran sabido que ese alquiler existía. Ahora que lo saben, pues le tocará pagar, quiera o no, porque no ha cumplido con sus obligaciones con ellos.
Además, teniendo abogada y llevándole los papeles una gestoría, tiene medios suficientes para conocer cuáles son sus derechos, y obligaciones.
Si, y te comprendo. Yo también he vivido unos años en UK y todavía alucino con las normas que tienen (alli no le dan cuartelillo al inquilino de ninguna maneras).
Saludos.
Y esto ya una duda con vistas al futuro... Nos podría obligar a pintar el piso del color que estaba cuando ella nos dio permiso para pintarlo cuando entramos? (Está en tonos pasteles, no es que lo hayamos pintado negro). Gracias!
Inquilino-casero, si he entendido bien, quieres decir que si hiciéramos un nuevo contrato con la misma dueña y todo igual los de la RBE considerarían que el contrato anterior no fue válido? Me extraña, porque están hechos todos los pagos... Podrías aclarármelo? Y por supuesto que no lo vamos a hacer! Es sólo por seguir con este master express en Derecho Inmobiliario ;) Aún no entiendo qué intención tenía con hacer un nuevo contrato y decir que se lo exigían del Incasol porque imagino q la multa la tendrá q pagar igual... Quiero pensar que no se enteró bien. Ella lo dice: "Es que soy corta, me ciego y ya no escucho a nadie". (Para seguir flipando jeje) Si nosotros deberíamos ser los primeros en la lista de buenos inquilinos!!! Llevo viviendo de alquiler desde los 18 y tengo 32 -y 3 en el extranjero con las leyes de UK- :)
Gracias por todo vuestro interés y vuestro apoyo!
Muchas gracias por responder a los dos! Sí, "testosterona" jajaja. Muelles, encima es del mundo del "espectáculo" que si te dijera quién es... pero en fin, mejor dejémoslo ahí :)
Está bien saber que no vale la cláusula de los 2 meses!! Otra alegría que nos habéis dado (y que poca idea de nada tienen en la gestoría esta donde firmamos... alucino!).
Sí, tampoco quisiéramos quedarnos porque sabemos que posiblemente habrá otra de estas. Pero también tenemos claro que la próxima le pediremos hablar directamente con su abogada porque ella misma nos ha dicho "cuando me ponga así no me hagáis ni caso".
Pero la ayuda está a punto de llegar (están ya ordenados los 2500 euros pendientes y nos debe llegar en una semana) y no queremos arriesgarnos a que nos la corten, puesto que la transferencia la tenemos el lunes... Así que DE MOMENTO la decisión es quedarnos, renovar automáticamente otro año, ella pone la fianza y la multa el lunes (según nos ha dicho... pero eso ya es problema de ella q le aumente la penalización) y sobre verano le damos el aviso (mejor de dos meses para no tener más problemas... ya nos las apañaremos para calcularlo todo bien y si la cosa sale de otra forma y se pone flamenca le referiremos lo de que es un mes según la LAU, a además es lo más lógico y mejor para todos). Y en la entrega de llaves un superdocumento firmado con todo bien atado y las facturas pagadas por estimación! (ya sabíamos lo del mes de retraso de la fianza).
Hola.
Simplemente una cosilla. Según parece todo esto se ha desencadenado por lo de firmar un nuevo contrato.
Ella os lo dice porque si se firma un contrato con fecha de ahora, entonces ella no tendría que pagar la penalización por entregar la fianza con un año de retraso (en cada comunidad el organismo es diferente; en Madrid por ejemplo es el IVIMA; en su pagina web seguramente encuentres información acerca de dicha penalización, por si os interesa mirarlo).
Firmar un nuevo contrato no significa que tengáis que pagar otros 150€ (se podría copiar al ordenador el que teneis cambiando la fecha). Pero de lo que no se ha dado cuenta es de que perderíais dinero vosotros. Es decir, si os vuelve a decir algo, la comentáis que "no es por hacerte un favor o no, es que si firmamos esto, supuestamente el contrato empieza más tarde y tenemos la obligación de devolver la ayuda que son X €. Como comprenderás no vamos a perder ese dinero por hacerte un favor. Si queires que firmemos, nos puedes dar tu ese dinero. Pero, claro, piensa si te compensa..." Seguro que no os lo dice más.
De todas formas, parece que se le va un poco la cabeza... Por suerte consulta a un abogado que le abre los ojos... Aunque yo, en vuestro lugar, pensaría en cambiarme de casa (teniendo un casero que no me deja vivir tranquila..., pues eso, que no estaría tranquila). Lo único que tendríais que volver a solicitar la ayuda. Pensad seriamente si os compensa...
Como os ha dicho Muelles, es un mes de preaviso antes del vencimiento del contrato (no cuando queráis). En la LAU se habla de un mes, y se dice también que cualquier cláusula que perjudica al inquilino es nula (art.6).
Eso si, los organismos oficiales tardan unos 30 días en devolver la fianza (al casero). En algunos sitios el casero tiene que presentar el documento de fin de contrato.
Es decir, que si a la devolucíon de llaves dice que la fianza se devuelve en un mes, que no os extrañe. Pero que en el documento que os firme ponga que está todo el piso perfecto, que no queda ninguna deuda y el día que se devuelve.
Por todo lo demás tranquilos, porque no tiene razón en nada (ni os puede echar porque tu no figures en el contrato, ni nada de lo demás...)