La primera respuesta es la correcta.
Cirene se equivoca.
La LAU especifica que
llegado el vencimiento del contrato... se prorroga
obligatoriamente por plazos
anuales. ¿Qué parte de
plazos anuales no te ha quedado clara Cirene?
Si tienes interés, mira el artículo en la LAU. Cirene, si como dice su avatar, es profesional , debería conocerlo.
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_9_ Saludos
Amparo BB
http://sites.google.com/site/papeleosalquiler/