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Hola en el mes de abril alquile una vivienda cuyo contrato tiene una duración de un año. Ahora en agosto me comunica que desea recuperar su vivienda. ¿Qué derechos tengo yo como inquilino¿ ¿Puedo reclamar alguna indemnización?
Hola Isabel:
Le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/La-denegacion-de-la-prorroga-del-articulo-9-LAU-1994.htm
reciba un cordial saludo.
Le recomiendo que le pida de indemnización 18meses o mas, tenga en cuenta que ahora y en esta situación usted marca el ritmo del acuerdo que paga bien, no paga usted ahì 5 añitos.
Pese a tener un contrato por un año, puede permanecer en la vivienda hasta cinco años.
Si el propietario desea recuperarla y no le importa a Ud.buscar otra, que la indemnice en la cantidad que ambos pacten.