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Irufi

inquilino/a

¿Qué pasará si por traslado laboral debo rescindir el contrato de un año?
Mi contrato tiene vigencia de un año desde el 30 de Marzo de 2009 y por motivos laborales debo abandonar la ciudad a principios de octubre y trasladarme, rescindiendo así el contrato. Desconozco lo que sucederá si aviso con un mes de antelación (para abandonar el piso el 1 de Noviembre), ¿podéis ayudarme? Gracias
  • Preguntado por: Irufi
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Manuel Pregal ha sido el primero en contestar
Manuel Pregal ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Manuel Pregal

    Manuel Pregal

    profesional

    Hola,

    entiendo que su contrato de vivienda es de 1 año prorrogable a 5 (tal y como marca la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos).
    Del mismo modo que el propietario no puede disponer de la vivienda en cualquier momento, Usted tampoco puede abandonarla a su antojo.
    Podrá dejar la vivienda anualmente, pero solamente cada 30 de marzo.

    En caso de tener que abandonar la vivienda de forma anticipada, el propietario le puede exigir el completo pago de las mensualidades que falten hasta el siguiente 30 de marzo.

    Trate de negociar con su casero, ya que a poco razonable que sea se conformará con un par de mensualidades para dejarme marchar sin más responsabilidades.

    Espero haberle ayudado.
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