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Hola, el 7 de mazo de 2014 alquilamos un piso, y nos vamos a ir antes del año firmado, avisando con 30 días de antelación, tal y como exige el contrato. Pero aún así, expone que tenemos que pagar una parte proporcional de los meses que nos faltan hasta hacer el año, ¿esto es legal?
y en cuanto a la fianza, ¿nos la tienen que devolver aún sin terminar el año?
gracias
Os aconsejo la lectura de este post.
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/devolucion-de-la-fianza/
Asimismo, os aconsejaría que buscarais un abogado para que os ayudara en el proceso de devolución del inmueble y la redacción del acuerdo de terminación.
Un saludo,
Perfectamente legal.
Si os váis antes del año, y está contemplada en el contrato la indemnización que comentas (es la que figura en la ley) tienes que pagarla.
Liquidad eso con la fianza y si no hay desperfectos, que te devuelvan la diferencia entre la fianza y la indemnización.
Saludos. Papeleos Alquiler.