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Algunos molestan con ruidos, arrastre de muebles, paseos con zapaos que retumban, gritos etc. por la nocha, incluso a las 3 de la madrugada
Hola Salvador:
Las actuaciones que usted comenta podrían derivar en que si la vivienda está sitaen un edificio sometido a propiedad horizontal, la Junta de propietarios acordara seguir el procedimiento establecido en el artículo 7 de la Ley de propiedadhorizontal.
reciba un cordial saludo.