Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Vivo en un piso de alquiler,y aparte de la renta y mis gastos de luz,agua y gas,pago también 120 euros mensuales de comunidad.Esta incluye calefacción central. Pues ahora la empresa suministradora la ha cortado,porque parece ser que la comunidad no le paga.Total,que pago y no tengo calefacción,con el consiguiente aumento del gasto de luz por poner radiadores eléctricos(que en el próximo recibo de electricidad me crujen fijo). ¿Qué puedo hacer? O me congelo o me arruino.Gracias.
Si el importe que vd. dice que paga como comunidad, está establecido en su contrato de alquiler, o que asume el pago de comunidad, NUNCA debe dejar de pagar cantidad alguna al respecto, pues el propietario le podrá interponer el procedimiento de desahucio por falta de pago de la renta o de cantidades asimiladas a la misma.
Debe Vd., reclamar al propietario, para que el mismo reclame a la comunidad, y en su caso reclamar al propietario la oportuna indemnización por los daños y perjuicios que le haya producido, o siendo un elemento esencial, según entiendo, incluso la resolución del contrato.
Los 120€ de comunidad engloban muchos mas servicios que la calefaccion, por lo que, como cantidad asimilada a la renta, si resulta impagada, se faculta al propietario a interponer una demanda de desahucio.
Nunca se puede aconsejar dejar de pagar, y menos por un profesional.
Pedro Martínez
Abogado
Buenos días,
De acuerdo con lo que comenta mi compañero. Al no disponer del servicio que tiene contratado, en este caso calefacción, tiene el derecho de no pagarlo durante el tiempo en que usted no disponga de la calefacción. Comuníquelo al propietario de la decisión mediante burofax.
Un saludo,
David Guerra
Abogado de Barcelona - dguerra@icab.cat
Buenos días
Usted, como parte del contrato que está cumpliendo puntualmente sus obligaciones, tiene derecho a exigir al propietario que haga lo propio. Si en el contrato hay un servicio que se está pagando por usted pero que, sin embargo, el propietario no le presta (a través de un servicio común), entiendo que usted está totalmente legitimado para suspender el pago de la parte de la cuota de comunidad correspondiente a la calefacción hasta que este servicio no se reponga y reclamar al propietario la diferencia por el gasto en calefacción eléctrica
En todo caso, notifique al propietario cualquier actuación que vaya usted a adoptar