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sandra oliver

inquilino/a

¿Si se te acaba el cto de 5 años y te renuevan con uno de tres te pueden subir de un golpe 120€ el alquiler?

¿Si se te acaba el cto de 5 años y te renuevan con uno de tres te pueden subir de un golpe 120€ el alquiler?

  • Preguntado por: sandra oliver
  • Hace 13 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
javiersantander ha sido el primero en contestar
javiersantander ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pasados los 5 años, puede fijarse una nueva renta para la prórroga de 3 años más.

    art. 18

    2. A partir del sexto año de duración la actualización de la renta se regirá por lo estipulado al respecto por las partes y, en su defecto, por lo establecido en el apartado anterior.

     

    saludos - Papeleos Alquiler


  • Marta26

    casero/a

    Puede que tu lo hayas interpretado como proroga y que tu casero te esté haciendo un contrato nuevo, porque si fuera proroga no te tendría que haber avisado, ya que se proroga automaticamente

    • Respondido por: Marta26
    • Hace 13 años
  • sandra oliver

    inquilino/a

    es una prorroga de los cinco años en tres mas pero me ha avisado un mes antes de que se acabe el cto

  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    Si prorrogan el contrato no.

    si lo que hacen es un contrato nuevo pueden poner la renta que quieran.

    Para hacer un contrato nuevo te tienen que notificar como minimo 30 dias antes de la finalizacion del contrato que ya tenias. si esta notificacion no se produce el contrato se prorroga por 3 años mas.

    Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.

    Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.

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